¿En qué momento se liquida el siniestro?
Regla general: Aprobada la liquidación definitiva de la indemnización, fijado el monto correspondiente de la misma, se procederá a efectuar el pago indemnizatorio respectivo, dentro de los 15 días posteriores a la fecha de fin de vigencia del contrato de seguros.
Excepciones:
- Pólizas contratadas en la modalidad valor fijo, y abonadas de contado. La fecha de pago será a 15 días de aprobada la liquidación definitiva de la indemnización.
- Anticipos correspondientes a liquidaciones, que se ajusten a la aplicación de cláusulas de resiembra y liberación de lote. La fecha de pago será a 30 días de aprobada la liquidación definitiva de la indemnización.